Agentes de Percepción:
El Agente de Percepción tiene la facultad atribuida por ley de adicionar al importe que recibe del contribuyente en concepto de pago por la operación de venta, locación y/o prestación de servicios el monto del tributo que posteriormente debe depositar a la orden del Fisco.
En virtud de su designación como Agente de Percepción, éste se encuentra en una situación que le permite recibir del contribuyente una suma que opera como pago a cuenta del impuesto, el que en definitiva le corresponderá pagar al contribuyente.
Agentes de Retención:
El Agente de Retención es aquel sujeto que por mandato legal se encuentra obligado a retener el impuesto en oportunidad de proceder al pago de la operación realizada.
El Agente de retención es normalmente deudor del contribuyente, descontando la suma que debe retener en concepto de pago a cuenta del impuesto para luego ser ingresada a las arcas del estado.
Declaración Jurada:
Declaración Jurada Agentes de Percepción:
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Declaración Jurada Agentes de Retención:
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Formato de importacion Agentes:
Formato de importacion agentes
Adhesión a SIRCUPA:
Resolucion 204/2022 - ADHESIÓN A SIRCUPA
Resolución SIRCREB: