Saltar al contenido principal
Gobierno de la Provincia de Santa CruzAgencia Santacruceña de Ingresos Públicos

Ingresos Brutos

Trámites

Elegí el trámite que necesitás. Encontrarás su canal de gestión, los formularios y las guías publicadas por ASIP.

Constancia de inscripción · Cumplimiento fiscal · Autorizaciones · Exenciones · Compensación · No retención o percepción · Zona Franca

Constancia de inscripción

Consultá la constancia desde el servicio del SIT.

Certificado de cumplimiento fiscal

Ingresá al SIT y seleccioná Contribuyente → Trámites con Clave Fiscal → Solicitud de Cumplimiento Fiscal. La guía explica la solicitud, el resultado y la reimpresión mediante el número de trámite (NUI).

Autorización para terceras personas

Para que una tercera persona realice trámites, se presenta en un Centro de Servicios el Formulario F. 46/A «Autorización».

Solicitud de exención

Consultá el manual que corresponde al fundamento de tu solicitud. Los manuales publicados corresponden a solicitudes de exención por Pacto Fiscal o por Código Fiscal. La exclusión de retención o percepción es un trámite diferente, con su propio manual más abajo.

Solicitud de compensación de saldos

Ingresá al SIT y seleccioná Contribuyente → Trámites con Clave Fiscal → Solicitud de Compensación de Saldos. El manual detalla la selección del crédito, las obligaciones y la finalización de la solicitud.

Art. 6 — Disposición 171/SIP/2012: “Verificada la validez formal y documental de la solicitud, la Secretaría aprobará, en caso de corresponder, la compensación solicitada por el contribuyente. La solicitud de compensación producirá efectos desde el momento de su aprobación, siempre que en dicho acto se hubieren observado todos los requisitos exigidos por la presente disposición. En caso contrario, solo producirá efectos a partir de la fecha en que se verifique el cumplimiento total de dichos requisitos.” (PDF de la disposición, página 2.)

Consultas: info@asip.gob.ar.

Certificado de no retención o percepción

Consultá el procedimiento y las pantallas de solicitud en el manual publicado.

Reconocimiento de ingresos no gravados en Zona Franca

Quienes desarrollen actividades en las Zonas Francas de Santa Cruz y soliciten el reconocimiento previsto en los incisos g) y h) del artículo 167 del Código Fiscal deben cumplir los requisitos indicados en la Resolución ASIP 124/2025.

La solicitud debe presentarse ante la Agencia por correo electrónico, adjuntando la documentación que corresponda a cada inciso: solicitudzonafranca@asip.gob.ar.

Ver los requisitos de los incisos g) y h)

Requisitos del inciso g)

  1. Presentar el formulario de solicitud de reconocimiento debidamente firmado por el solicitante o su representante legal o apoderado, acreditando debidamente esa condición con la documentación que sea pertinente.
  2. Presentar el certificado de habilitación o cualquier otro instrumento legal que acredite la condición de USUARIO o CONCESIONARIO de la Zona Franca, emitido por el Comité de Vigilancia de la misma o cualquier otra certificación que corresponda a esos fines, conforme al documento publicado.
  3. Acreditar el domicilio fiscal y el alta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ante ASIP.
  4. Presentar Certificado de Cumplimiento Fiscal emitido por ASIP vigente a la fecha de solicitud.
  5. Presentar el contrato de locación vigente entre el USUARIO y el CONCESIONARIO.
  6. Comprobante de pago de la Tasa Administrativa de ASIP correspondiente (código 504, según la Resolución 124/2025).

Requisitos del inciso h)

  1. Presentar el formulario de solicitud de reconocimiento debidamente firmado por el solicitante o su representante legal o apoderado, acreditando debidamente esa condición con la documentación que sea pertinente.
  2. Acreditar el domicilio fiscal y el alta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ante ASIP.
  3. Presentar Certificado de Cumplimiento Fiscal emitido por ASIP vigente a la fecha de solicitud.
  4. Presentar el contrato de locación de bienes, obras o servicios con el o los USUARIOS y/o CONCESIONARIO, o cualquier otra documentación que se requiera para probar la prestación en el ámbito de la zona franca del solicitante con un sujeto radicado (factura o documento equivalente).
  5. Comprobante de pago de la Tasa Administrativa de ASIP correspondiente (código 504, según la Resolución 124/2025).

El artículo 2 de la Resolución 124/2025 publicada establece una validez de un año y las condiciones para solicitar la renovación. Consultá el texto completo, que también contiene obligaciones de registración e información.

Acceso a los trámites con Clave Fiscal