SOLICITUD DE EXENCION IIBB TURISMO
DECRETO 1460/2020
Requisitos para acceder a la exención:
Tener declarada la actividad por la cual solicita la exención como ACTIVIDAD PRINCIPAL ante la AFIP al 31/03/2020. VER ACTIVIDADES INCLUIDAS AQUÍ
En caso de contribuyente de Convenio Multilateral: Deberá, a su vez, tener el alta en la jurisdicción con anterioridad a la fecha mencionada.
Tener presentadas las declaraciones juradas de IIBB cuyo vencimiento haya operado a la fecha de solicitud.
Poseer CLAVE FISCAL ASIP
BAJAR EL FORMULARIO DE SOLICITUD DE EXENCION > IMPRIMIR Y ENVIAR COMPLETO Y FIRMADO conjuntamente con la documentación requerida a exencionturismo@asip.gob.ar.
Una vez verificada la procedencia del otorgamiento de la exención, la Agencia emitirá el Certificado y lo remitirá al contribuyente a través del email declarado en la solicitud. En ningún supuesto el trámite se realizará de manera presencial.
FORMULARIO DE SOLICITUD DE EXENCION
DECRETO 1460/2020
RESOLUCION ASIP 002/2021