ASIP LANZA RÉGIMEN EXCEPCIONAL DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS

La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP)  lanzó un Régimen Excepcional de Regularización de Deuda para estimular el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales. El programa incluye la reducción de intereses resarcitorios, punitorios y la condonación de multas.
El Régimen Excepcional de Regularización de Deudas fue presentado hoy ante la Federación Económica de Santa Cruz, en una reunión llevada a cabo en las oficinas de FOMICRUZ. El encuentro estuvo presidido por el ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura, Juan Donnini y el director Ejecutivo de la ASIP, Leandro Zuliani, acompañado por Guillermo Polke, Presidente de la Federación Económica de Santa Cruz, el referente de la Asociación de Hoteleros y Gastronómicos, Paulo Lunzevich y la presidenta de la Cámara de Comercio de Río Gallegos, Carolina Neil.
Estas medidas forman parte de los instrumentos de la ASIP para morigerar las cargas fiscales de los contribuyentes afectados por la reducción del consumo y la baja generalizada de la actividad económica, como consecuencias de las políticas macroeconómicas del Gobierno nacional. Las mismas, permitirán normalizar la situación de contribuyentes que arrastran deudas impositivas con el objetivo de fomentar un mayor grado de cultura tributaria por parte de los responsables de los distintos tributos.
“La ASIP se encuentra abocada a lograr la regularización de la situación fiscal del mayor número posible de contribuyentes y la normalización de los pagos por parte de los mismos. En ese marco, presentamos los detalles del régimen que incluye la posibilidad que el contribuyente acceda a la remisión de los intereses de su deuda, que puede ser entre un 50 y 100 por ciento, según la etapa en la que se adhiera y la modalidad elegida”, sostuvo Zuliani.
El acogimiento al Régimen de Regularización Excepcional podrá efectuarse desde el día 5 de junio al 7 de agosto de 2017 inclusive, y el mismo incluye todas las obligaciones tributarias adeudadas de cualquier naturaleza, que se encuentren en instancia administrativa o judicial, devengadas al 28 de febrero de 2017. También podrán incluirse las obligaciones con vencimiento anterior a la fecha indicada, que se encuentren incluidas en planes de facilidades de pago caducos.
Para más información se deberá consultar la página web de la ASIP: www.asip.gob.ar

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